Comprar una vivienda supone en muchas ocasiones no solo deshacernos de lo ahorrado, si no que en aquellos casos en los que éste no es suficiente, nos vemos obligados a pedir un préstamo, bien al banco bien a familiares, para poder hacer frente al pago de las cantidades entregadas a cuenta.

La cara oscura la encontramos cuando después de haber hecho un gran esfuerzo económico para poder abonar los anticipos y por consiguiente acceder por fin a una vivienda, ésta no se construye, o las obras se ven retrasadas por múltiples cuestiones, o incluso se construye, pero por un tercero distinto a los anteriores.

En estos casos no está todo perdido, pues tenemos la posibilidad de recuperar el dinero que hemos entregado a cuenta.

Si el promotor, cooperativa o comunidad de bienes ha cumplido con la legislación actual, ha debido contratar cualquiera de las garantías a las que se refiere la Disposición Adicional de la Ley de Ordenación de la Edificación desde la obtención de la licencia de edificación. En este caso debemos estar tranquilos, pues las cantidades que hayamos entregado a cuenta están aseguradas y podremos recuperar nuestro dinero.

Pero, supongamos que no se hubiesen contratado las correspondientes garantías, pues bien, en este caso sigue existiendo igualmente la posibilidad de recuperar las cantidades aportadas, pues tanto la legislación actual como la anterior contemplan este supuesto y descargan la responsabilidad sobre la entidad bancaria donde fueron confiados nuestros anticipos a cuenta de la vivienda; por tal motivo los afectados por esa falta de diligencia podrán recuperar su dinero y además los intereses correspondientes.

La solución legal viene dada por demandar, si fuera necesario, al banco en el que se depositaron nuestras aportaciones y que no exigió ni al promotor, ni a la comunidad de bienes ni a la cooperativa previamente un aval o un seguro que garantizase que se nos devolverían las cantidades aportadas en el caso de que no se nos entregase la vivienda.

Por lo tanto sea cual sea la situación en la que te encuentres (ya tengas las cantidades entregadas a cuenta avaladas, aseguradas o no) y aunque seas cooperativista o comunero, estás siempre protegido y con nuestra ayuda legal puedes recuperar las aportaciones entregadas a cuenta de la vivienda.
Llámanos, estaremos encantados de ayudarte y de asesorarte sin ningún compromiso por tu parte.

Erika Sánchez Arrillaga, letrada de LUBILLO ABOGADOS